10 de marzo de 2012

COMO ACTUAR ANTE UNA SANCIÓN LABORAL Y ANTE OTRO TIPO DE MEDIDAS DISCIPLINARIAS DE LA EMPRESA

FUENTE: UGT

Cuando las empresa nos informa, por escrito, de una sanción y nos pide la firma del recibí de la entrega, la podemos firmar añadiendo “Recibí, no conforme”, independientemente de que se ajuste, o no, a los hechos reales.

Es muy importante poner la fecha del día de la entrega de la sanción y comprobar que la copia que nos entregan es idéntica y contiene el mismo texto que la que se queda la empresa con nuestra firma.

Negarse a firmarla no sirve de mucho, porque la empresa puede optar a entregarla en presencia de dos testigos suyos, y la comunicación de la sanción sería valida a todos los efectos.

Una vez la sanción, por escrito, este en nuestro poder, nos pondremos en contacto, lo antes posible, con nuestros representantes en el Comité de Empresa y con los servicios jurídicos del sindicato. Hay que tener en cuenta que 2 faltas graves, en 6 meses, supone ser despedido sin ninguna indemnización.

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